Nuevo orden constitucional


Ya como presidente de la Rep�blica, en abril de 1917, Carranza solicit� a cada estado que celebrara elecciones para establecer los poderes. Jalisco fue una de las primeras entidades que cumpli� y, despu�s de haber triunfado por un amplio margen en los comicios, Di�guez tom� posesi�n el 1 de junio de 1917. La Constituci�n del estado, firmada el 8 de julio siguiente, estableci� que el gobernador ejercer�a el poder por cuatro a�os, lo mismo que los magistrados del Supremo Tribunal de Justicia, mientras que la C�mara de Diputados ser�a renovada cada dos.

A escasos 19 d�as de promulgada la Constituci�n, desde su exilio en los Estados Unidos, el episcopado mexicano emiti� un comunicado en contra de la Carta por el menoscabo que se hac�a de la libertad religiosa y los derechos de la Iglesia. Para evitar un conflicto en ese momento, Carranza dej� sin reglamentar los art�culos que m�s incomodaban al clero. Solamente en Jalisco se acrecentaron las tensiones debido a la subversi�n y clandestina presencia del arzobispo Orozco y Jim�nez, quien hac�a llamados a su feligres�a para desconocer la Constituci�n y tachaba de sacr�legos sus preceptos. A tal punto llegaron las cosas, que las autoridades decidieron, en mayo de 1918, el cierre temporal de algunos templos y pusieron un l�mite al n�mero de sacerdotes, quienes, para ejercer, deb�an estar previamente registrados en la Secretar�a de Gobierno del estado. Finalmente, el arzobispo fue capturado y expulsado del pa�s en julio de 1918. La suspensi�n de cultos continu� hasta el 4 de febrero de 1919, cuando Di�guez fue persuadido por Carranza a derogar los decretos conflictivos.


Índice generalAnteriorÍndice de capítuloSiguiente