Condenas y ventas


De la presa obtenida en campa�a para castigar rebeliones o delitos, se reten�a a los culpables y se liberaba a los inocentes. En el ramo de Causas Criminales del Archivo Municipal de Monterrey, existen numerosos expedientes instruidos contra indios. Las sentencias eran la horca para los caudillos, y figuran tambi�n la prisi�n y los azotes. Hab�a otras disposiciones brutales. En 1633 fue dictado auto para que

De los indios capturados se separaba invariablemente el quinto para el rey (otras veces el tercio). �ste se remataba tambi�n a encomenderos locales. En muchos casos no se habla del remate del servicio sino del indio mismo. El valor de la pieza variaba. En 1629 fue rematada en Diego de Villarreal una india en 70 pesos y otra en Juan de Arredondo en 95. Algunas se vend�an en 110, 130 o 160 pesos. Los varones nunca sobrepasaban esta cifra. Un caso notable fue el de las piezas vendidas a Vicente Guerra en 1633. Por ser indios peligrosos se le impuso la condici�n de llevarlos fuera del reino, "de la otra parte de la ciudad de M�xico o m�s all� [...] hacia la Puebla de los �ngeles o en las Amilpas" para evitar que volvieran, "por ladinos y rebeldes". Guerra no cumpli� con lo convenido y se le instruy� proceso por haberlos vendido en las minas de Guanajuato.

Por un breve lapso dej� de ser rematado el servicio y s�lo se depositaron en los vecinos, "con cargo de su doctrina y ense�anza". Este cambio de actitud —comenta Silvio Zavala— no dur� mucho. Cuatro a�os m�s tarde se reanudaron los remates.

Desde la llegada del gobernador Mart�n de Zavala (1626) se asentaron en un libro los remates correspondientes al quinto real. El libro lo llev� un depositario, Felipe de Urrutia, durante a�os. En 1664 le sustituy� Juan Alonso Baz�n, a �ste 1o sigui� Juan de Mungu�a y, en 1661, fue designado para el cargo Antonio P�rez de Molina. En el per�odo 1628-1646, el ingreso fue de 10 392 pesos en plata, incluy�ndose el valor de 100 fanegas de ma�z. En 1661 el libro hab�a registrado 21 407. Estos fondos eran aplicados a gastos de "bastimentos, caballada y otras vituallas para el situado de la guerra". Tambi�n se asignaron partidas "a la compra de cotas, arcabuces, ma�z, p�lvora y ropa para la gente amiga". Del monto general del ingreso se deduc�an los salarios de guardias, flete de carros, comida, costas procesales, prisi�n y carcelaje. Algunas veces el gobernador cubri� su propio sueldo. Es de advertir que en alguna ocasi�n fueron rematados, adem�s de indios, algunos mulatos libres.


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