Corresponde a la sesi�n de GA 5.12 SIN DISTINCI�N
La Declaraci�n Universal de Derechos Humanos proclamada en 1948, establece en sus dos primeros art�culos:
En M�xico, los derechos y libertades, arriba se�alados, forman parte de las garant�as individuales plasmadas en la Constituci�n Pol�tica de los Estados Unidos Mexicanos.
Sin embargo, a pesar del reconocimiento de la Declaraci�n Universal de Derechos Humanos por, casi todos los pa�ses del mundo, las pr�cticas discriminatorias contin�an siendo un problema de la actualidad.
Para el derecho internacional, parafraseando a Lerner Nat�n, la discriminaci�n es toda distinci�n basada en motivos de raza, color, religi�n o creencia, origen �tnico, idioma o sexo que tiene por objeto anular el reconocimiento en condiciones de igualdad, de los derechos humanos y libertades fundamentales.
La discriminaci�n se manifiesta de diferentes maneras y su forma depende del momento hist�rico y de las caracter�sticas econ�micas, pol�ticas, sociales y culturales que vive cada sociedad.
El racismo entendido como discriminaci�n por raza est� sustentado en la supuesta superioridad de una raza frente a otras; y cobr� auge en una �poca en que los pa�ses europeos en franca competencia ten�an urgente necesidad de explotar los recursos naturales de sus colonias americanas para obtener mayores ganancias y erigirse una u otra como la potencia m�s importante de ese momento. Hoy en d�a el racismo es una de las principales causas de conflictos sociales en Sud�frica.
Otra forma de discriminaci�n es de tipo cultural. En algunos pa�ses la condici�n de la mujer le resta posibilidades a las personas de este sexo de ocupar cargos p�blicos o desempe�arse en un determinado trabajo. En M�xico, aunque constitucionalmente la mujer tiene los mismos derechos, sigue marginada en algunos aspectos de la vida social y pol�tica del pa�s.