El acontecimiento más sonado durante la gestión de Baz fue el traslado de la
Convención Revolucionaria a Toluca, donde sesionó desde el 9 de julio al 10
de octubre de 1915 y pudo trabajar más libre de caudillajes, llegando a dar
forma definitiva el 24 de agosto de 1915 a su programa de reformas.
Comprendía 28 artículos, de los cuales los 11 primeros se destinaron a asegurar la protección, distribución equitativa, aprovechamiento y buen uso de los bienes de producción: tierras, aguas, minas, campos petrolíferos y de transporte; los cuatro siguientes (arts. 12-15) se referían al voto directo, efectividad del sufragio y supresión del Senado, de la vicepresidencia de la República y de las jefaturas; a la adopción del parlamentarismo como sistema de gobierno, al municipio económica y políticamente libre, y a la soberanía de los estados; los artículos 16-20 garantizaban los derechos del obrero agrícola y fabril; los 21-22 los de los hijos naturales y los de la mujer; el 23 y 24 a mejorar la administración de justicia, el 25 a la educación, el 27 al ejército y el 28 a la Hacienda Pública.
La importancia de este documento salta a la vista al considerar que coincide
en mucho tanto con las aspiraciones de los Planes de Texcoco y de Ayala como
con las del Pacto de Torreón y, sobre todo, con la legislación reformista que
Venustiano Carranza había expedido desde Veracruz. Todo lo cual significa que
por encima de caudillajes y fracciones en que se dividían los revolucionarios,
se iba perfilando un programa común de cambio político y social.