La Intendencia de Arizpe


Otra de las reformas impulsadas por José de Gálvez fue la implantación en la Nueva España de una institución de origen francés, la intendencia, cuyo principal objetivo era aumentar el control de la administración de todas las provincias, tanto en la recaudación de impuestos como en el fomento de las actividades productivas de cada región, de modo que el resultado final fuera el incremento de ingresos de la Real Hacienda. La primera intendencia erigida en la Nueva España fue la de Arizpe, en el año 1770, y esta ciudad fue la sede del intendente. El catalán Pedro Corbalán fue nombrado intendente provisional mientras el rey confirmaba el plan de De Gálvez y otorgaba los nombramientos definitivos.

La Intendencia de Arizpe sirvió como laboratorio para adecuar la institución a las circunstancias de la colonia. Cuando Corbalán inició su gestión tuvo muchos problemas, como la falta de un reglamento que señalara sus funciones con precisión y los conflictos con el gobernador de Sinaloa y Sonora, porque ambos actuaban en el mismo territorio, no estaban delimitadas las funciones de cada uno e incluso había confusión sobre qué autoridad era superior, la del gobernador o la del intendente. Estos problemas se resolvieron cuando se decidió que los cargos de intendente y de gobernador recayeran en la misma persona. Más tarde, en 1786, el rey promulgó la "real ordenanza para el establecimiento e instrucción de intendentes de ejército y provincia en el Reino de la Nueva España". Ese año se extendió a todo el virreinato el sistema de intendencias; se erigió una intendencia general en la ciudad de México y 10 de provincia que, además de la de Arizpe, fueron las de Mérida, Veracruz, Oaxaca, Puebla, Guanajuato, Guadalajara, Valladolid (Morelia), San Luis Potosí, Zacatecas y Durango.

La real ordenanza de 1786 modificó profundamente la organización política y administrativa de la Nueva España. De hecho, desapareció la antigua división en reinos, gobernaciones y provincias e incluso la figura del virrey quedó muy limitada. La nueva división territorial estaba pensada en función de la mejor administración de las regiones y en cada intendencia había una única autoridad superior en la persona del intendente. La ordenanza indicaba que éste tenía competencia en cuatro ramos: justicia, hacienda, guerra y "policía". El intendente era juez supremo en su territorio, pero supeditado a la correspondiente audiencia. En Arizpe, la dependencia era de la Audiencia de Guadalajara. En el ramo de hacienda el intendente tenía injerencia en todos los asuntos fiscales y de gastos públicos, pero nominalmente estaba subordinado al intendente general de México. En el ramo de guerra estaba sujeto al comandante general, y sólo si era militar podía ejercer a plenitud su autoridad en este ramo; si no lo era, sencillamente se ocupaba de los asuntos administrativos del ejército. El ramo de policía, que hoy llamaríamos "de Fomento", consistía en ejercer las acciones convenientes para estimular las actividades productivas del territorio, es decir, fortalecer la economía para hacer crecer la recaudación fiscal. La ordenanza preveía que las intendencias se subdividieran en partidos, con un subdelegado como autoridad principal, que tenía las mismas atribuciones del intendente, pero dentro de su partido. Tanto el intendente como el subdelegado tenían prohibido inmiscuirse en asuntos de comercio, pues se deseaba eliminar la mala imagen que los alcaldes mayores y algunos gobernadores habían dejado en la población por estar coludidos con comerciantes.

La Intendencia de Arizpe, que es la que directamente nos interesa porque territorios que hoy son de Sinaloa formaron parte de su jurisdicción, fue erigida por De Gálvez en 1770, pero quedó consolidada hasta 1777 cuando Pedro Corbalán reunió en su persona los nombramientos de intendente y gobernador, cargos que ya no se separaron. El territorio de la Intendencia de Arizpe fue el mismo de la antigua gobernación de Sinaloa y Sonora, pero la subdivisión en partidos no fue la misma que antes. En 1787 había en esta intendencia 11 partidos, a saber: Cieneguilla, San Antonio de la Huerta, Ostimuri, Álamos, El Fuerte, Sinaloa, Culiacán, Cosalá, Copala, Maloya y El Rosario. Cada partido tomó el nombre de la población, villa o real de minas en donde residía el subdelegado (mapa VI.1).




En éste mapa de 1787, estaba la intendencia de Arizpe, que fue el mismo de la antigua gobernación de Sinaloa y Sonora. Había 11 partidos, y cada uno tomó el nombre de la población, villa o real de minas.
Partidos

1.- Cieneguilla
2.- San Antonio de la Huerta
3.- Ostimuri
4.- Álamos
5.- El Fuerte
6.- Sinaloa
7.- Culiacán
8.- Cosalá
9.- Copala
10.- Maloya
11.- Rosario





MAPA VI.1 La intendencia de Arizpe en 1787.

A Pedro Corbalán tocó la tarea de organizar la Real Hacienda en la intendencia, porque no había en las provincias del noroeste ninguna dependencia de este organismo fiscal. Durante la visita de José de Gálvez se inició el establecimiento de los estancos y el mismo visitador fundó nominalmente, en 1769, la Real Caja de Álamos. Corbalán puso en funcionamiento la caja para que quintaran sus metales todos los mineros de la intendencia y para la distribución del azogue, que también era estanco del rey. Los mineros del sur de la intendencia no aceptaron esta disposición porque se les obligaría a viajar a Álamos para quintar sus metales, pero su plata salía hacia México y era más fácil quintarla en Guadalajara o en la misma capital del virreinato. En atención a las objeciones de los mineros de El Rosario, las autoridades superiores acordaron trasladar la Real Caja a El Rosario y establecer en Arizpe una pagaduría, esto es, una oficina subalterna de la Real Caja, cuya principal función era atender al pago de los situados de los presidios y de los sínodos de los misioneros. La Real Caja de El Rosario empezó a funcionar en 1783, mientras que la pagaduría de Arizpe lo hizo desde 1780.

CUADRO VI.1. Intendentes de Arizpe
Tabla de los sucesores de Pedro Corbalán, que consolidaron la estructura de la Real Hacienda. Y se empeñaron en el cobro de los impuestos.

Los sucesores de Pedro Corbalán consolidaron la estructura de la Real Hacienda. La administración principal de los estancos reales estaba en la Real Caja de El Rosario, pero tenía ocho administraciones subalternas, que en 1790 eran las de Arizpe, San Miguel de Horcasitas, San Antonio de la Huerta, Cieneguilla, Álamos, Sinaloa, Culiacán y Cosalá. Para estas fechas habían aumentado los ramos fiscales manejados en la intendencia, pues ahora eran tabaco, pólvora, naipes, papel sellado, alcabalas, sal, mezcal, correo, diezmos, reales quintos, media anata, tributos y azogue. El tabaco, la pólvora, los naipes, la sal y el azogue eran productos monopolizados por el rey, como ya se dijo: estaban "estancados" y sólo la administración correspondiente podía producir y comercializar estas mercancías. El papel sellado consistía en hojas con el sello del rey que debían usarse en todo asunto público, so pena de invalidez de las gestiones. La alcabala era un impuesto al comercio y consistía en el pago de un porcentaje del valor de las mercancías introducidas a la Intendencia. Sólo en algunas intendencias estaba permitida la producción y venta de mezcal y aguardiente, entre ellas la de Arizpe, pero por cuenta del rey. El diezmo era un impuesto eclesiástico que consistía en donar a la iglesia la décima parte de los productos agrícolas y pecuarios; en el noroeste no se había cobrado por ser indios de misión la mayor parte de los productores, pero hecha la secularización de las misiones tanto los indios como los mulatos y mestizos debían pagarlo, así como el tributo; el diezmo lo cobraba la Real Hacienda. El correo era un servicio público operado por el gobierno, y quienes lo usaban pagaban el correspondiente derecho. De los impuestos del real quinto de los mineros y la media anata de los funcionarios reales ya hemos hablado. El tributo era un impuesto personal que pagaban los indios, mulatos y mestizos como reconocimiento del vasallaje que debían al rey de España.

Es indudable que los intendentes de Arizpe pusieron mucho empeño en la estructuración de la Real Hacienda y en el cobro de los impuestos, ya que ésta era una de sus funciones esenciales. Efectivamente, entre 1767 y 1821 se creó una infraestructura fiscal que antes no existía y se inició la tarea de acostumbrar a los pobladores a pagar impuestos que antes no pagaban. De los ramos fiscales citados sólo se pagaban con regularidad los reales quintos de los mineros y la media anata de los funcionarios del rey, así como los derechos sobre el azogue, ya que sólo la Real Hacienda lo importaba y lo distribuía. Los demás cobros se impusieron poco a poco y vencieron muchas resistencias de la población, especialmente de los antiguos indios de misión que eludían el pago del diezmo y del tributo. Fue en este ramo donde menos se logró, excepto en Culiacán, porque aquí el tributo se cobraba desde el siglo XVI.

Algunos historiadores piensan que el excesivo crecimiento del aparato burocrático necesario para cobrar los impuestos fue más costoso que el producto de la recaudación. En un estudio reciente titulado La aplicación regional de las reformas borbónicas. Sonora y Sinaloa, 1768-178 7, el historiador Ignacio del Río examina a profundidad este asunto para concluir que la reforma fiscal sí rindió beneficios a la Real Hacienda, pues una región que antes recibía subsidios de ésta se transformó en autofinanciable, aunque se trataba de una intendencia con grandes gastos militares ocasionados por los presidios fronterizos que, además, eran improductivos desde el punto de vista económico.


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