Las milicias c�vicas


A fines de 1827 el gobierno nacional promulg� las leyes para la organizaci�n de las milicias de los estados, las cuales quedaron bajo el mando de los gobernadores, mientras que las legislaturas estatales se responsabilizaron de organizar las que juzgaran necesarias para la protecci�n de los habitantes, la defensa de la independencia y el sistema federal.

En Zacatecas, la legislatura promulg� el nuevo reglamento de milicias en julio de 1828. Al principio fue dif�cil su organizaci�n por la renuencia de los habitantes a cumplir con el servicio y la falta de equipamiento. Aunque entre 1825 y 1827 la entidad disfrut� de tranquilidad, s�lo alterada por incidentes espor�dicos en la capital, en Mazapil, Sombrerete y Vetagrande, donde los trabajadores de las minas se amotinaron, a fines de 1828 y principios del siguiente a�o acontecimientos internos y externos mantuvieron en estado de alerta al gobierno local. En consecuencia, el gobernador Garc�a Salinas tuvo que canalizar mayores recursos a la profesionalizaci�n de las milicias, hasta colocarlas entre las mejor equipadas y disciplinadas.


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