He recibido las dos apreciables de usted, fechas 5 y 12 del que cursa, y quedo enterado de sus respectivos contenidos.
Tendr� presente la recomendaci�n que hace usted en favor del se�or Nosshausen cuando me den cuenta oficialmente con la solicitud de aquel se�or.
Mucho celebro que se haya calmado la excitaci�n en ese estado. Esto, como observa usted muy bien, es debido a la oportunidad de las medidas dictadas por el general Escobedo, haciendo marchar sin p�rdida de tiempo la fuerza que manda el se�or Fern�ndez Garc�a.
El gobierno general no se meter� jam�s en las cuestiones locales de los estados sobre elecciones, porque no tiene candidatos predilectos y desea, naturalmente, que obren los pueblos con entera libertad; pero s� cuidar� de que se conserve el orden en todas partes, porque su deber es asegurar la tranquilidad evitando esc�ndalos que no nos hacen ning�n favor.
Nadie tiene el derecho de apelar a las armas para resolver a balazos las cuestiones electorales y es un deber de todos acoger y respetar el fallo de la mayor�a. De otro modo ser�a una burla entre nosotros el principio republicano.
T�ngame usted al corriente de todo y cuente con el afecto de su amigo afect�simo y seguro servidor.
( Benito Ju�rez)